por medio de la cual se aprueba el “Acuerdo para la Promoción y Protección Recíproca de Inversiones entre la República de Colombia y el Reino de España”, suscrito en Santafé de Bogotá D. C., el 9 de junio de 1995

Rango Ley
Publicación 1998-02-19
Estado Vigente
Departamento CONGRESO DE COLOMBIA
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Congreso de Colombia

Visto el texto del “Acuerdo para la promoción y protección recíproca de inversiones entre la República de Colombia y el Reino de España”, suscrito en Santa Fe de Bogotá D. C., el 9 de junio de 1995.

(Para ser transcrito: se adjunta fotocopia del texto íntegro del instrumento internacional mencionado debidamente autenticado por el Jefe de la Oficina Jurídica, del Ministerio de Relaciones Exteriores).

“ACUERDO PARA LA PROMOCION Y PROTECCION RECIPROCA DE INVERSIONES ENTRE LA REPUBLICA DE COLOMBIA Y EL REINO DE ESPAÑA

La República de Colombia y el Reino de España, en adelante “las Partes Contratantes”, deseando intensificar la cooperación económica en beneficio recíproco de ambos países,

Proponiéndose crear condiciones favorables para las inversiones realizadas por inversionistas de cada una de las Partes Contratantes en el territorio de la otra, y

reconociendo que la promoción y protección de las inversiones con arreglo al presente Acuerdo estimula las iniciativas en este campo,

han convenido lo siguiente:

Artículo I

Definiciones

A los efectos del presente Acuerdo:

No obstante lo anterior, para los efectos de este Acuerdo, los préstamos no se considerarán como inversiones.

Artículo II

Promoción, admisión

Artículo III

Protección

Artículo IV

Tratamiento

Artículo V

Nacionalización y expropiación

Artículo VI

Compensación por pérdidas

Artículo VII

Transferencia

Artículo VIII

Condiciones más favorables

Artículo IX

Principio de subrogación

Artículo X

Controversias entre las Partes Contratantes

Artículo XI

Controversias entre una Parte Contratante e inversores de la otra Parte Contratante

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.