Por la cual se autoriza la construcción del aeropuerto internacional de Villavicencio y se dictan otras disposiciones

Rango Ley
Publicación 1998-05-04
Estado Vigente
Departamento CONGRESO DE COLOMBIA
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Congreso de Colombia

DECRETA:

Artículo 1°. Autorízase la construcción del aeropuerto internacional de Villavicencio.

Artículo 2°. El Gobierno Nacional procederá a ordenar la celebración de los estudios técnicos y financieros necesarios.

Artículo 3°. Autorízase al Gobierno Nacional para realizar los traslados y demás operaciones presupuestales necesarios para el cumplimiento de lo dispuesto en esta ley.

Artículo 4°. La presente ley rige a partir de la fecha de su publicación.

El Presidente del honorable Senado de la República,

AMYLKAR ACOSTA MEDINA

El Secretario General del honorable Senado de la República,

PEDRO PUMAREJO VEGA

El Presidente de la honorable Cámara de Representantes,

CARLOS ARDILA BALLESTEROS

El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes,

DIEGO VIVAS TAFUR

República de Colombia - Gobierno Nacional

Publíquese y ejecútese.

Dada en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 29 de abril de 1998.

ERNESTO SAMPER PIZANO

El Ministro de Transporte,

Rodrigo Marín Bernal.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.