Por la cual se decreta un auxilio como homenaje a la ciudad de Pereira
El Congreso de Colombia,
DECRETA:
Artículo 1º. La Nación contribuirá con la suma de doscientos cincuenta mil pesos ($ 250.000.00), para la ampliación, dotación y mejoras del Instituto Oficial Femenino de Pereira, como homenaje al primer centenario de la fundación de esta ciudad.
Artículo 2º. Esta Ley regirá desde su sanción.
Dada en Bogotá, D.E., noviembre 3 de 1965.
El Presidente del Senado,
EUGENIO GOMEZ GOMEZ.
El Presidente de la Cámara de Representantes,
CARLOS ALBORNOZ R.
El Secretario del Senado,
Amaury Guerrero.
El Secretario de la Cámara de Representantes,
Luis Esparragoza Gálvez.
República de Colombia. Gobierno Nacional.
Bogotá, D.E., noviembre 24 de 1965.
Publíquese y ejecútese.
GUILLERMO LEON VALENCIA.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Joaquín Vallejo Arbeláez.
El Ministro de Educación Nacional,
Daniel Arango Jaramillo.
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