Por la cual se hacen unas traslaciones en el Presupuesto de Gastos vigente (Ministerios de Relaciones Exteriores, de Fomento, de Obras Públicas y Departamento Administrativo Nacional de Estadística)
El Congreso de Colombia
DECRETA:
Artículo 1º. Hácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal en curso:
CONTRACREDITOS
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
(Certificado de disponibilidad número 79, expedido por el Contador General de la República, el 15 de septiembre de 1958).
Artículo 2°. Esta Ley regirá desde su sanción.
Dada en Bogotá, D.E., a quince de diciembre de mil novecientos cincuenta y ocho.
El Presidente del Senado,
Diego Luis cordoba
El Presidente de la Cámara de Representantes,
enrique pardo parra
El Secretario General del Senado,
Jorge Marique Terán
El Secretario General de la Cámara de Representantes,
Luis Alfonso Delgado
República de Colombia-Gobierno Nacional.
Bogotá, D.E., diez y ocho de diciembre de mil novecientos cincuenta y ocho.
Publíquese y ejecútese.
ALBERTO LLERAS
El Ministro de Relaciones Exteriores, Julio César Turbay Ayala-El Ministro de Fomento, encargado del Despacho de Hacienda y Crédito Público, Rafael Delgado Barreneche. -El Ministro de Guerra, Brigadier General Alfonso Saiz Montoya. -El Ministro de Obras Públicas, Virgilio Barco.
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