Que concede una pensión

Rango Ley
Publicación 1877-05-25
Estado Vigente
Departamento CONGRESO NACIONAL DE LOS ESTADOS UNIDOS DE COLOMBIA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Congreso de los Estados Unidos de Colombia,

CONSIDERANDO:

1.° Que el joven Samuel Liévano, Subteniente abanderado del batallón Rifles número 2,° rindió su vida por la patria, peleando heroicamente en el memorable campo de Garrapata;

2.° Que en aquella gloriosa jornada el Subteniente Liévano llevó la bandera de su batallón hasta clavarla sobre la trinchera enemiga, al pié de la cual murió con el mayor denuedo; i

3.° Que este distinguido joven era hijo lejitimo del patriota señor Bartolomé Liévano i de la señora Dolores Mancera de Liévano, la que se halla hoi viuda i en estrema pobreza,

DECRETA:

Artículo único. Asignase a la señora Dolores Mancera de Liévano, una pensión alimenticia de veinte pesos mensuales.

Dada en Bogotá, a diez i seis de mayo de mil ochocientos setenta i siete.

El Presidente del Senado de Plenipotenciarios,

DÁMASO CERVERA.

El Presidente de la Cámara de Representantes,

JOSÉ M. MALDONADO NEIRA.

El Secretario del Senado de Plenipotenciarios,

Tomas Rodríguez Perez.

El Secretario de la Cámara de Representantes,

Adolfo Cuellar.

Bogotá, 18 de mayo de 1877.

Publíquese i ejecútese.

El Presidente de la Union,

(L. S.) AQUILEO PARRA.

El Secretario del Tesoro i Crédito nacional,

J. M. QUIJANO W.

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