Que honra la memoria del jeneral David Peña i por la cual se pone a su viuda a hijos bajo la protección de la República

Rango Ley
Publicación 1878-06-28
Estado Vigente
Departamento CONGRESO NACIONAL DE LOS ESTADOS UNIDOS DE COLOMBIA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Congreso de Estados Unidos de Colombia,

CONSIDERANDO:

Que el Jeneral David Peña prestó importantes servicios al país durante un período de cerca de treinta años,

DECRETA:

Art. 1.° Concédese a la viuda e hijos del Jeneral David Peña una pensión de cien pesos mensuales, que te pagará como las de los militares de la Independencia.
Art. 2.° La República costeará en todo la educacion de los hijos varones del Jeneral Peña.
Art. 3.° El retrato al óleo del Jeneral Peña, pagado con fondos del Tesoro de la Union, se colocará en la sala de las sesiones de la Municipalidad de Cali, con esta inscripción:

"Al tribuno popular del Cauca-El Congreso de 1878."

Dada en Bogotá, a veinte de junio de mil ochocientos setenta i ocho.

El Presidente del Senado de Plenipotenciarios,

J. Del C. Rodríguez.

El Presidente de la Cámara de Representantes,

José María Ruiz.

El Secretario del Senado de Plenipotenciarios,

Julio E. Pérez.

El Secretario de la Cámara de Representantes,

Enrique Gaona.

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