Que exime del pago de derechos de importación a varios comerciantes de la ciudad de Riohacha i manda devolver unos derechos
El Congreso de los Estados Unidos de Colombia
DECRETA:
Art. 1.° Exímese del pago de derechos de importación a los señores A. González Cano i Compañía por la introducción de mercancías que hicieron en la goleta "Margarita," el día nueve de febrero de mil ochocientos setenta i siete, a la ciudad de Riohacha, por haberlos pagado a los revolucionarios que en dicha época ocupaban aquella ciudad, i cuyos derechos ascienden a la suma de mil cuatrocientos cincuenta i cuatro pesos setenta centavos ( $ 1454-70 cs.)
Art. 2.° Devuélvase a los herederos del señor Nicolás Danies i al señor Juan D. Christoffel, del comercio de la ciudad de Riohacha, las cantidades siguientes: seiscientos treinta i ocho pesos, ochenta centavos ($ 638 - 80 cs.) a los primeros, i doscientos cuarenta i tres pesos, noventa centavos ( $ 243 - 90 cs.) al segundo, por haber pagado dos veces los derechos de importación causados por las mercancías que introdujeron en los buques Margarita" i "La Creole," en el mes de febrero mil ochocientos setenta i siete.
Parágrafo. Devuélvase del mismo modo a los señores Correa hermanos, del comercio de Riohacha, la suma que por segunda vez pagaron por el derecho de toneladas que causaron las mercancías descargadas de los buques "La Creóle" i "Sea Bird," en el tiempo en que los revolucionarios tuvieron ocupada la Aduana de Riohacha en febrero i marzo de mil ochocientos setenta i siete.
Dada en Bogotá, a veinticinco de junio de mil ochocientos setenta i nueve.
EL Presidente del Senado de Plenipotenciarios,
José Araújo.
El Presidente de la Cámara de Representantes,
F. Angulo.
El Secretario del Senado de Plenipotenciarios,
Adolfo Cuellar
El Secretario de la Cámara de Representantes,
Clodomiro Castilla.
Bogotá, 27 de junio de 1879.
Publíquese i ejecútese.
El Presidente de la Unión,
( L S)JULIAN TRUJILLO.
El Secretario de Hacienda i Fomento,
H. Wilson.
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.