por la cual se auxilia la construcción de la Normal de Señoritas, de Caramanta (Antioquia)

Rango Ley
Publicación 1963-10-30
Estado Vigente
Departamento CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Congreso de Colombia

DECRETA:

Artículo 1. Auxíliase con la suma de doscientos mil pesos ($ 200.000.00) la construcción de la Normal de Señoritas, del Municipio de Caramanta, del Departamento de Antioquia.
Artículo 2. La construcción se hará de acuerdo con los planos arquitectónicos elaborados por la Sección de Arquitectura de la Secretaría de Obras Públicas del Departamento y bajo la dirección técnica de ésta. La suma mencionada ser girada a órdenes de la Tesorería Municipal de Caramanta, y el Tesorero tendrá que rendir cuentas a la Controlaría General de la República sobre su inversión y su manejo.
Artículo 3. En el Presupuesto de la próxima vigencia se incluir n las partidas necesarias para dar cumplimiento a esta Ley. En caso contrario, tales partidas se incluir n en los Presupuestos de las vigencias próximas, en forma que se asegure el cumplimiento de esta Ley.

Autorízase al Gobierno Nacional para hacer los traslados necesarios en los Presupuestos de las vigencias próximas, con el mismo fin dicho.

Artículo 4. Esta Ley regir desde su sanción.

Dada en Bogotá , D. E., a diez y ocho de septiembre de mil novecientos sesenta y tres.

El Presidente del honorable Senado, GILBERTO ALVARO MENDOZA RUIZ.

El Presidente de la honorable Cámara de Representantes, HECTOR JIMENEZ TIRADO.

El Secretario del honorable Senado,Néstor Eduardo Niño Cruz.

EI Secretario de la Cámara de Representantes,Néstor Urbano Tenorio.

República de Colombia. -Gobierno Nacional. Bogotá , D. E., octubre 23 de 1963.

Publíquese y ejecútese. GUILLERMO LEON VALENCIA.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Carlos Sanz de Santamaría.

El Ministro de Educación Nacional, Pedro Gómez Valderrama.

El Ministro de Obras Públicas, Tomás Castrillón Muñoz.

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