Sobre retiro de cartas de naturaleza i de exequatur a Cónsules
El Congreso de los Estados Unidos de Colombia
DECRETA:
Artículo 1.° El Poder Ejecutivo retirará i declarará nulas, de ningún valor ni efecto, las cartas de naturaleza espedidas a favor de estranjeros que hayan tomado armas en rebelión contra las instituciones i el Gobierno de la Nacion o de algún Estado.
Artículo 2.° Retirará igualmente el Poder Ejecutivo el exequatur a las letras patentes conferidas a los Cónsules i Ajentes consulares i Vicecónsules que sean desafectos al Gobierno de la Union, o que tomen o hayan tomado parte en rebelión armada contra las instituciones nacionales i el Gobierno, sea federal, o el de algún Estado.
Dada en Bogotá, a diez i nueve de mayo de mil ochocientos setenta i siete.
El Presidente del Senado de Plenipotenciarios,
EMILIANO RESTREPO E.
El Presidente de la Cámara de Representantes,
JOSÉ M. MALDONADO NEIRA.
El Secretario del Senado de Plenipotenciarios,
Tomas Rodríguez Pérez.
El Secretario de la Cámara de Representantes,
Adolfo Cuéllar.
Bogotá, 23 de mayo de 1877.
Publíquese i ejecútese.
El Presidente de la Union,
(L. S.) SERJIO CAMARGO.
El Secretario de lo Interior i Relaciones Estertores,
EUSTORJIO SALGAR.
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