Que autoriza al Poder Ejecutivo para restablecer las cuarentenas

Rango Ley
Publicación 1881-07-05
Estado Derogada
Departamento CONGRESO NACIONAL DE LOS ESTADOS UNIDOS DE COLOMBIA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Congreso de los Estados Unidos de Colombia

decreta:

Artículo único. Derogado

Dada en Bogotá, á ocho de Junio de mil ochocientos ochenta y uno.

El Presidente del Senado de Plenipotenciarios,

Manuel Laza Grau.

El Presidente de la Cámara de .Representantes,

Julio A. Corredor.

El secretario del Senado de Plenipotenciarios,

Benjamin Pereira G.

El Secretario de la cámara de Representantes,

Cárlos Cótes.

Poder Ejecutivo nacional.-Bogotá Junio 9 de 1881

Publíquese i ejecútese.

El Presidente de la Union,

(L.S). RAFAEL NÚÑEZ.

El Secretario del Gobierno,

Clímaco Calderon.

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