que concede una recompensa
El Congreso de Colombia
CONSIDERANDO:
1.° Que el General Joaquín Durán P. prestó importantes servicios á la causa de la Regeneración;
2.° Que hizo la campaña de 1885, combatiendo heroicamente en el campo de "Humareda" como Jefe del Batallón Soto, numero 1°;
3.° Que en dicha campaña contrajo la enfermedad que le causa la muerte; y
4.° Que su viuda é hijos se encuentran en el más lamentable estado de pobreza,
DECRETA:
Artículo único. Concédese por una sola vez, á la viuda é hijos del General Joaquín Duran P. la recompensa de cinco mil pesos ($ 5.000) de que disfrutarán por partes iguales.
Dicha cantidad se considerará incluída en el Presupuesto de Gastos del próximo bienio.
Dada en Bogotá, á cuatro de Noviembre de mil ochocientos noventa.
El Presidente del Senado, JORGE HOLGUÍN -El Presidente de la Cámara de Representantes, ADRIANO TRIBÍN - El Secretario del Senado, Enrique de Narváez-El Secretario de la Cámara de Representantes, Miguel A. Peñaredonda.
Gobierno Ejecutivo-Bogotá, Noviembre 15 de 1890.
Publíquese y ejecútese,
(L S.) CARLOS HOLGUÍN.
El Ministro del Tesoro,
VICENTE RESTREPO.
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