Sobre hospital provisional de cuarentena en Buenaventura

Rango Ley
Publicación 1915-11-12
Última actualización 2021-03-02
Estado Derogada
Departamento CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
artículos 2
Historial de reformas JSON API

El Congreso de Colombia

decreta:

Artículo 1.° Derogado

Artículo 2.° Derogado

Dada en Bogotá a nueve de noviembre de mil novecientos quince.

El Presidente del Senado, Marcelino ARANGO-El Presidente de la Cámara de Representantes, A. DULCEY-El Secretario del Senado, Carlos Tamayo-El Secretario de la Cámara de Representantes, Fernando Restrepo Briceño.

Poder Ejecutivo-Bogotá, noviembre 11 de 1915.

Publíquese y ejecútese.

JOSE VICENTE CONCHA-El Ministro de Gobierno, Miguel ABADIA MENDEZ.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.

Este texto se publica bajo las condiciones de reutilización propias de SUIN-Juriscol, no bajo una licencia de Legalize ni de dominio público. SUIN-Juriscol
Textos normativos oficiales del Estado colombiano, reproducibles conforme al art. 41 de la Ley 23 de 1982, con la obligación de conformarse con la edición oficial. Los campos editoriales que acompañan a cada norma (vigencia, subtipo, sector, materia) y el historial de reformas provienen de la anotación de SUIN-Juriscol (Ministerio de Justicia y del Derecho); Legalize no reclama derechos sobre ellos, ni reproduce el formato, el diseño ni la marca del portal. La licencia MIT cubre el código del pipeline, nunca el contenido normativo.