por la cual se legalizan unos gastos

Rango Ley
Publicación 1925-10-13
Estado Vigente
Departamento CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Congreso de Colombia

decreta:

Artículo único. Una vez sancionada la presenta Ley, el Gobierno procederá a cancelar la escritura hipotecaria otorgada por el doctor Eduardo Espinosa Guzmán para asegurar el manejo del Consulado General de la República en el Imperio del Japón, de acuerdo con la sentencia de la Corte Suprema de Justicia que absolvió al doctor Espinosa Guzmán de los cargos formulados contra él a causa de la inversión de la cantidad de seis mil pesos y diez y siete centavos ($ 6.000-17) en gastos de representación, suma ésta que se legaliza por medio de la presente Ley.

Dada en Bogotá a cinco de octubre de mil novecientos veinticinco.

El Presidente del Senado, Ignacio RENGIFO B. El presidente de la Cámara de Representantes, Miguel R. QUIN-El Secretario del Senado, Horacio Valencia Arango-El Secretario de la Cámara de Representantes, Fernando Restrepo Briceño.

Poder Ejecutivo-Bogotá, octubre 8 de 1925.

Publíquese y ejecútese.

PEDRO NEL OSPINA-El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Jesús M. MARULANDA.

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