Que concede unos principales al Colejio Mayor de Popayán i algunos bienes desamortizados al municipio de San Juan en el Estado soberano del Cauca
El Congreso de los Estados Unidos de Colombia
DECRETA:
Artículo 1.° Cédense al Colejio Mayor de Popayan los principales que a favor de la Nacion se reconocen en la mina de Naya, ubicada en el municipio de Buenaventura, del Estado soberano del Cauca.
§. Este Establecimiento queda con la obligación de dar dos becas a los jóvenes pobres que así califique el Podar Ejecutivo del Estado.
Artículo 2.° Igualmente se ceden al municipio de San Juan, en el Estado soberano del Cauca, los bienes, derechos o acciones que tiene la Nacion sobre propiedades raices ubicadas en dicho municipio, pertenecientes a Bienes desamortizados que hayan sido denunciados con anterioridad a la lei 66 de 13 de mayo de 1873, i aquellos que de la misma procedencia, se hallen ocultos i abandonados i se denuncien en lo sucesivo.
Artículo 3.° El producto de los bienes de que trata el artículo anterior, no podra invertirlo la Municipalidad sino única i esclusivamente en el local, útiles i mobiliario de la Escuela superior de varones mandada establecer en Nóvita por la lei 46, de junio de 1876.
Dada en Bogotá, a veintidós de mayo de mil ochocientos setenta i siete.
El Presidente del Senado de Plenipotenciarios,
EMILIANO RESTREPO E.
El Presidente da la Cámara de Representantes,
Jose M. MALDONADO NEIRA
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