Por la cual se concede una autorización al Presidente de la República, se regula el ejercicio de la facultad de conceder indultos y se dictan otras disposiciones

Rango Ley
Publicación 1985-06-05
Estado Derogada
Departamento CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Congreso de Colombia,

DECRETA:

Artículo 1º. Derogado.
Artículo 2°. Derogado.
Artículo 3°. Derogado.
Artículo 4°. Derogado.
Artículo 5°. Derogado.
Artículo 6°. Derogado.
Artículo 7°. Derogado.
Artículo 8°. Derogado.

Dada en Bogotá a los ... días del mes de ... de mil novecientos ochenta y cinco (1985).

El Presidente del honorable Senado de la República,

JOSE NAME TERAN

El Secretario del honorable Senado de la República,

Crispín Villazón de Armas.

El Presidente de la honorable Cámara de Representantes,

DANIEL MAZUERA GOMEZ

El Secretario de la honorable Cámara de Representantes,

Julio Enrique Olaya Rincón.

República de Colombia - Gobierno Nacional

Publíquese y ejecútese.

Bogotá, D. E., 4 de junio de 1985.

BELISARIO BETANCUR

El Ministro de Gobierno,

Jaime Castro.

El Ministro de Justicia,

Enrique Parejo González.

El Ministro de Relaciones Exteriores (E.),

Guillermo Fernández de Soto.

La Ministra de Hacienda y Crédito Público (E.),

María Mercedes Cuellar de Martínez.

El Ministro de Defensa Nacional,

General Miguel Vega Uribe.

El Ministro de Agricultura,

Hernán Vallejo Mejía.

El Ministro de Desarrollo Económico,

Gustavo Castro Guerrero.

El Ministro de Minas y Energía,

Iván Duque Escobar.

La Ministra de Educación Nacional (E.),

Clara Victoria Colbert de Arboleda.

El Ministro de Salud,

Rafael de Zubiría.

La Ministra de Trabajo y Seguridad Social (E),

Martha Fernández de Soto.

La Ministra de Comunicaciones,

Noemí Sanín Posada.

El Ministro de Obras Públicas y Transporte,

Rodolfo Segovia Salas.

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