por la cual se autoriza la vinculación del Ministerio de Hacienda y Crédito Público - Dirección General de Presupuesto a la Asociación Internacional de Presupuesto Público (ASIP) y se dictan otras disposiciones

Rango Ley
Publicación 1999-01-22
Estado Vigente
Departamento CONGRESO DE COLOMBIA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Congreso de Colombia

DECRETA:

Artículo 1º. Se autoriza la vinculación del Ministerio de Hacienda y Crédito Público - Dirección General de Presupuesto Nacional, como socio adherente de la Asociación Internacional de Presupuesto Público (ASIP) y se aprueba el Estatuto de dicha organización.

Artículo 2º. Las cuotas de contribución, ordinarias y extraordinarias, como miembro del organismo, estarán a cargo de la Nación - Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

Artículo 3º. La Asociación Colombiana de Derecho Público Presupuestario podrá ser organismo asesor de la Dirección General del Presupuesto Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público en las materias a que se refiere esta ley. En desarrollo de esta asesoría la Nación podrá suscribir cualquier tipo de actos jurídicos con dicha asociación.

Artículo 4º. La presente ley rige a partir de la fecha de su publicación.

El Presidente del honorable Senado de la República,

Fabio Valencia Cossio.

El Secretario General del honorable Senado de la República,

Manuel Enríquez Rosero.

El Presidente de la honorable Cámara de Representantes,

Emilio Martínez Rosales.

El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes,

Gustavo Bustamante Moratto.

REPUBLICA DE COLOMBIA - GOBIERNO NACIONAL

Publíquese y ejecútese.

Dada en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 21 de enero de 1999.

ANDRES PASTRANA ARANGO

El Ministro de Relaciones Exteriores,

Guillermo Fernández de Soto.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Juan Camilo Restrepo Salazar.

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