Que concede a los pobladores de la Aldea de Soledad doce mil hectáreas de tierras baldías

Rango Ley
Publicación 1875-03-24
Estado Vigente
Departamento CONGRESO NACIONAL DE LOS ESTADOS UNIDOS DE COLOMBIA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Congreso de los Estados Unidos de Colombia

d e c r e t a :

Artículo 1.° Cédense a favor de los nuevos pobladores de la Aldea de Soledad del Estado soberano del Tolima, doce mil hectaras de tierras baldías de las limítrofes con dicha Aldea.
Artículo 2.° E l Poder Ejecutivo dictará inmediatamente despues de la sancion de la presente lei, las disposiciones que son de su incumbencia, de conformidad con lo estatuido en el Título 10, Capítulo 1.° del Código fiscal, a fin de que esta concesion produzca sus efectos dentro del mas breve término posible.

Dada en Bogotá, a doce de marzo de mil ochocientos setenta i cinco.

El Presidente del Senado de Plenipotenciarios,

Januario Salgar.

El Presidente de la Cámara de Representantes,

Andres Bermúdez.

El Secretario del Senado de Plenipotenciarios,

Julio E. Pérez.

El Secretario de la Cámara de Representantes,

Benjamín Pereira G.

Bogotá, 16 de marzo de 1875.

Publíquese i ejecútese.

El Presidente de la Union,

S. PÉREZ.

El Secretario de Hacienda i Fomento,

Nicolas Esguerra.

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