Que autoriza al Poder Ejecutiva para conceder privilejio esclusivo para la construcción de un muelle en el puerto de Tumaco
El Congreso de los Estados Unidos de Colombia
decreta:
Art. 1.° Derogado
Art. 2.° Derogado
Art. 3.° Derogado
Dada en Bogotá, a diez de marzo de mil ochocientos setenta i seis.
El Presidente del Senado de Plenipotenciarios,
Emiliano Restrepo E.
El Presidente de la Cámara de Representantes,
Matías Herrera.
El Secretario del Senado de Plenipotenciarios,
J. M. Quijano Otero.
El Secretario de la Cámara de Representantes,
Adolfo Cuéllar. V
Bogotá, 15 de marzo de 1876.
Publíquese i ejecútese.
El Presidente de la Union,
(L. S.) S. PÉREZ.
El Secretario de Hacienda i Fomento,
Nicolas Esguerra.
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