Por la cual se abren varios créditos adicionales al Presupuesto de Gastos de la vigencia económica de 1903 y 1904
El Congreso de Colombia
decreta:
A rtículo único. Abrense al Presupuesto de Gastos para la vigencia económica de 1903 á 1904, los siguientes créditos adicionales, imputables al Departamento de Política interior.
CAPITULO 7.°
Materiales de varias Oficinas
ministerio de gobierno
| Art. 19 bis. Para útiles de escritorio y alumbrado del Ministerio en el bienio | $ | 50,000 |
|---|---|---|
CAPITULO 8.°
Gastos varios
| Art 21 bis. Para gastos de personal y material de la Imprenta Nacional | 1.000.000 |
|---|---|
Poder legislativo
| Para pagar al Sr. Carlos Estévez G. el sueldo que le corresponde por el servicio que prestó en la Cámara de Representantes como Ayudante del Corrector de los Anales, hasta que fue suprimido tal puesto, la suma de cuatro mil quinientos pesos | 4,500 |
|---|---|
| Total | $1.054.500 |
Dada en Bogotá, á 29 de Octubre de 1903.
El presidente del Senado, J. M. Ubicoechea-El presidente de la Cámara de Representantes, Augusto N. Samper. El secretario del Senado, Miguel A. Peñaredonda-El Secretario de la Cámara de Representantes, Fernando Restrepo Briceño.
Poder Ejecutivo-Bogotá, Octubre 30 de 1908.
Publíquese y ejecútese.
(L. S.)
José Manuel MARROQUÍN
El subsecretario del Ministerio del Tesoro, encargado del Despacho,
José M. Cordovez Moure
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