por la cual la Nación se asocia a la celebración de los 445 años de la fundación del municipio de Mariquita en el departamento del Tolima y se autorizan apropiaciones presupuestales para obras de infraestructura

Rango Ley
Publicación 1999-05-27
Estado Vigente
Departamento CONGRESO DE COLOMBIA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Congreso de Colombia

DECRETA:

Artículo 1º. La Nación se asocia a la celebración de los cuatrocientos cuarenta y cinco (445) años de la fundación del municipio de Mariquita en el departamento del Tolima.

Artículo 2º. Autorízase al Gobierno Nacional para incorporar dentro del presupuesto general de la nación, y/o impulsar a través del sistema nacional de cofinanciación apropiaciones presupuestales hasta por la suma de mil doscientos millones de pesos ($1.200.000.000), que permitan la ejecución de las siguientes obras de infraestructura en el municipio de Mariquita en el departamento del Tolima.

• Reconstrucción y modernización de la bocatoma, red de conducción, planta de tratamiento, red de distribución y tanques de almacenamiento, del acueducto de la zona urbana de Mariquita.

Artículo 3º. El Gobierno Nacional queda facultado para realizar las operaciones presupuestales necesarias para el cumplimiento de la presente ley.

Artículo 4º. Esta ley rige a partir de la fecha de su sanción.

El Presidente del honorable Senado de la República,

Fabio Valencia Cossio.

El Secretario General del honorable Senado de la República,

Manuel Enríquez Rosero.

El Presidente de la honorable Cámara de Representantes,

Emilio Martínez Rosales.

El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes,

Gustavo Bustamante Moratto.

REPUBLICA DE COLOMBIA - GOBIERNO NACIONAI.

Publíquese y ejecútese.

Dada en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 25 de mayo de 1999.

ANDRES PASTRANA ARANGO

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Juan Camilo Restrepo Salazar.

El Ministro de Salud,

Virgilio Galvis Ramírez.

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