por la cual la Nación se asocia a la celebración de los ciento treinta y nueva (139) años de vida administrativa del municipio de Baraona, departamento del Atlántico, rinde tributo de admiración a sus habitantes

Rango Ley
Publicación 1999-05-27
Estado Vigente
Departamento CONGRESO DE COLOMBIA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Congreso de Colombia

DECRETA:

Artículo 1º. La Nación se asocia a la celebración de los ciento treinta y nueve años (139) de vida administrativa del municipio de Baranoa, departamento del Atlántico y exalta su empuje y tesón por lograr un real desarrollo económico y social.

Artículo 2º. Ríndase homenaje y tributo de admiración a las gentes del municipio de Baranoa, departamento del Atlántico, como reconocimiento a su valioso aporte al progreso e integración de la comunidad atlanticense.

Artículo 3º. La presente ley rige a partir de la fecha de su promulgación.

El Presidente del honorable Senado de la República,

Fabio Valencia Cossio.

El Secretario General del honorable Senado de la República,

Manuel Enríquez Rosero.

El Presidente de la honorable Cámara de Representantes,

Emilio Martínez Rosales.

El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes,

Gustavo Bustamante Moratto.

REPUBLICA DE COLOMBIA - GOBIERNO NACIONAI.

Publíquese y ejecútese.

Dada en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 25 de mayo de 1999.

ANDRES PASTRANA ARANGO

El Ministro del Interior,

Néstor Humberto Martínez Neira.

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