por la cual se determina la manera de atender á ciertos gastos en el Departamento de Panamá

Rango Ley
Publicación 1903-11-04
Estado Derogada
Departamento CONGRESO DE LA REPUBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Congreso de Colombia

CONSIDERANDO:

Que conforme al parágrafo del artículo único de la Ley 41 de 1894, en materia fiscal pueden dictarse disposiciones legislativas y ejecutivas especiales para el Departamento de Panamá,

DECRETA:

Artículo único. Derogado

Dada en Bogotá, á 30 de Octubre de 1903.

El Presidente del Senado, J. M. URICOECHEA -El Presidente de la Cámara de Representantes, AUGUSTO N. SAMPER -El Secretario del Senado, Miguel A. Peñaredonda-El Secretario de la Cámara de Representantes, Fernando Restrepo Briceño.

Poder Ejecutivo-Bogotá, Octubre 30 de 1903.

Publíquese y ejecútese.

(L. S.) JOSÉ MANUEL MARROQUÍN

El Ministro de Hacienda,

RUPERTO FERREIRA

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.