Por la cual se otorga una exención
El Congreso de Colombia
decreta:
Artículo único. Exímiese a los herederos del ex-Administrador de la Aduana de Barranquilla, finado General Manuel Posada, del pago de las siguientes sumas:
La de mil quinientos pesos ($ 1,500) que dicho ex-Administrador pagó el Habilitado de la cuarta Sección de la Gendarmería Nacional y que debió ser pagada al Habilitado General de la misma Gendarmería; y
La de setecientos noventa y cuatro pesos con veinte centavos ($ 794-20) que el mismo ex-Administrador pagó a empleados de la Aduana de Barranquilla, por sueldos en el mes de enero y en la primera década de febrero de 1910, antes de saber que los puestos respectivos habían sido suprimidos.
Dada en Bogotá a diez de noviembre de mil novecientos quince.
El Presidente del Senado, Marcelino ARANGO-El Presidente de la Cámara de Representantes, A. DULCEY- El Secretario del Senado, Carlos Tamayo. El Secretario de la Cámara de Representantes, Fernando Restrepo Briceño.
Poder Ejecutivo - Bogotá, noviembre 13 de 1915.
Publíquese y ejecútese.
JOSE VICENTE CONCHA-El Secretario del Tesoro, encargado del Despacho, Pedro BLANCO S.
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