por la cual se concede una pensión de jubilación al Sr. José Belver
El Consejo Nacional Legislativo,
CONSIDERANDO:
Que el Sr. José Belver ha prestado al país importantes servicios en el Ramo de Instrucción pública principalmente;
Que ha producido cinco textos de enseñanza, y que tiene setenta y nueve años de edad,
DECRETA:
Artículo único. Concédese al Sr. José Belver una pensión de sesenta pesos ($ 60) mensuales.
Dada en Bogotá, á veinticuatro de Marzo de mil ochocientos ochenta y siete.
El Presidente, JUAN DE D. ULLOA -El Vicepresidente, JOSÉ MARÍA RUBIO FRADE-El Secretario, Manuel Brigard. El Secretario, Roberto de Narváez.
Gobierno Ejecutivo-Bogotá, Marzo 24 de 1887.
Publíquese y ejecútese.
(L. S.) ELISEO PAYAN.
El Ministro de Instrucción Pública, encargado del Despacho del Tesoro,
CARLOS MARTÍNEZ SILVA.
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