por la cual se suprimen los derechos de exportación del ganado vacuno y del caucho

Rango Ley
Publicación 1910-09-26
Estado Vigente
Departamento ASAMBLEA NACIONAL DE COLOMBIA
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

La Asamblea Nacional de Colombia

DECRETA:

Articulo 1° Suprimense los derechos por la exportación del ganado vacuno y del caucho.
Articulo 2° Esta Ley regira desde el 10 del mes siguiente al en que sea publicada en el Diario Oficial.

Dada en Bogotá a nueve de Septiembre de mil novecientos diez.

El presidente

LUIS A. MESA

El Secretaria

Manuel Maria Gomez p.

Poder Ejecutivo Bogotá, Septiembre 21 de 1910.

Publiquese y Ejecutese.

(L.S)

CARLOS E.RESTREPO.

El Ministro de Hacienda,

TOMÁSO. EASTMAN.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.