por la cual se rinde un tributo de gratitud a los mártires de la Patria fusilados en 1816

Rango Ley
Publicación 1916-11-27
Estado Vigente
Departamento CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Congreso de Colombia

decreta:

Artículo 1.° La Nación se asocia al patriótico sentimiento de gratitud que anima al pueblo boyacense al prepararse para consagrar el 29 del presente mes un homenaje a la memoria de los mártires de la Independencia nacional que fueron fusilados en 1816.
Artículo 2.° El Gobierno dispondrá la construcción de un monumento adecuado en uno de los parques de la capital de la República y otro en la ciudad de Tunja, en cada uno de cuales se fijará la siguiente inscripción: Año de 1916-Colombia agradecida a los mártires de 1816.
Artículo 3.° Destínase la suma de cinco mil pesos ($ 5,000) para cada uno de los monumentos de que trata el artículo anterior. El gasto se hará tan luégo lo permita la situación del Tesoro Nacional, y la cantidad correspondiente se considerará incluída en el Presupuesto respectivo de gastos.

Dada en Bogotá, a veintidós de noviembre de mil novecientos diez y seis.

El Presidente del Senado, Jorge ROA- El Presidente de la Cámara de Representantes, R. QUIJANO GOMEZ-El Secretario del Senado, Julio D. Portocarrero-El Secretario de la Cámara de Representantes, Fernando Restrepo Briceño.

Poder Ejecutivo-Bogotá, noviembre 24 de 1916.

Publíquese y ejecútese.

JOSE VICENTE CONCHA-El Ministro de Gobierno, Miguel ABADIA MENDEZ.

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