Por la cual se fijan los sueldos al personal de Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Militares, se aumentan las asignaciones del personal civil del ramo de Guerra y se dictan otras disposiciones

Rango Ley
Publicación 1946-12-21
Estado Vigente
Departamento CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Congreso de Colombia

decreta:

ARTICULO 1° El personal de Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Militares, en servicio activo, tendrá, a partir del primero de enero de mil novecientos cuarenta y siete, los siguientes sueldos mensuales:

Oficiales:

Generales $ 700.00
Coroneles 560.00
Tenientes-Coroneles 500.00
Mayores 450.00
Capitanes 385.00
Tenientes 300.00
Subtenientes 250.00

Suboficiales:

Sargento Primero $ 200.00
Sargento Segundo 145.00
Cabo Primero 110.00
Cabo Segundo 60.00
Corneta 60.00
Tambor 55.00
ARTICULO 2° Los empleados civiles del ramo de Guerra tendrán un aumento en las asignaciones, a partir del primero de enero de mil novecientos cuarenta y siete en adelante, en la siguiente forma:

Sueldos hasta de $ 300.00 un aumento mensual del 25%

Sueldos de más de $ 300.00, un aumento mensual del 15%.

ARTICULO 3° Hácense extensivos a los Suboficiales del Ejército que se hallen en situación de retiro los beneficios concedidos por las Leyes 2ª de 1945 y 5ª de 1946, en relación con las liquidaciones previstas en las leyes citadas.

Dada en Bogotá, a cinco de diciembre de mil novecientos cuarenta y seis.

El Presidente del Senado, RICARDO BONILLA GUTIERREZ - El Presidente de la Cámara de Representantes, JULIO CESAR TURBAY AYALA - El Secretario del Senado, Arturo Salazar Grillo - El Secretario de la Cámara de Representantes, AndrésChaustre B.

República de Colombia - Gobierno Nacional. - Bogotá, 18 de diciembre de 1946

Publíquese y Ejecútese.

MARIANO OSPINA PEREZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Francisco de P. Pérez - El Ministro de Guerra,Luis Tamayo.

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