por la cual se legalizan los créditos adicionales al Presupuesto Nacional de gastos de la vigencia económica de 1911, departamento de Instrucción Pública
El Congreso de Colombia
DECRETA:
Artículo único Legalizanse los siguientes créditos adicionales abiertos por Poder Ejecutivo al Presupuesto de gastos, departamento de Instrucción Pública, para la vigencia económica de 1911.
AQUI PDF DIARIO OFICIAL 14451 (TABLA DE PRESUPUESTOS) PÁG. 4 Y 5.
Dada en Bogotá á diez y seis de Noviembre de mil novecientos once.
El Presidente del Senado,
JOSÉ VICENTE CONCHA
El Presidente de la Cámara de Representantes
- L. SEGOVIA
El Secretario del Senado,
Carlos Tamayo
El Secretario de la Cámara de Representantes,
Miguel A Peñaredonda
Poder Ejecutivo-Bogotá, Noviembre 20 de 1911.
Publíquese y ejecútese.
(L. S.) CARLOS E. RESTREPO
El Subsecretario del Tesoro, encargado del Despacho,
RICARDOHINESTROSA DAZA
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