Por la cual se honra en vida a los eminentes bolivarenses doctores Simón Bossa, Miguel A. Lengua y don Arturo García
El Congreso de Colombia
decreta:
ARTICULO 1° La Nación honra en vida a tres eminentes servidores de la Republica: los doctores Simón Bossa, Miguel A. Lengua y don Arturo García, y señala sus vidas como ejemplo ilustre a la juventud nacional.
ARTICULO 2° La Nación resuelve comprar la biblioteca del doctor Simón Bossa, que destinara como una sección especial, con el nombre del meritorio estadista de la Biblioteca Fernández de Madrid, de Cartagena.
Un busto en mármol del doctor Bossa se erigirá en el patio principal del Palacio de Justicia de Cartagena.
ARTICULO 3° Un retrato al óleo del doctor Miguel A. Lengua será colocado en el salón de sesiones del Concejo Municipal de Mompós, y una placa de mármol que muestre en altorrelieve el retrato del benemérito médico, se colocara con la leyenda que redacte el Decano de la Facultad de Medicina de Cartagena, en el Hospital Santa Clara, de aquella ciudad.
ARTICULO 4° El hospital de Sincelejo llevara el nombre de "Hospital Arturo García"; una placa de mármol en altorrelieve, que muestre el retrato de don Arturo García, será colocado en el edificio del Colegio Simón Araujo, de Sincelejo.
ARTICULO 5° Vótanse hasta sesenta mil pesos ($ 60.000) para dar cumplimiento a la presente Ley, que se apropiaran en los Presupuestos de la Nación, y si no fueren incluidos en ellos, esa suma o parte de ella, facúltase ampliamente al Gobierno para disponer de partidas del Presupuesto Nacional para dar cumplimiento a la presente Ley, que regirá desde su sanción.
Dada en Bogotá a diez de noviembre de mil novecientos cuarenta y ocho.
El Presidente del Senado, ALFONSO ROMERO AGUIRRE-El Presidente de la Cámara de Representantes, EVELIO GONZALEZ BOTERO-El Secretario del Senado, Carlos V. Rey-El Secretario de la Cámara de Representantes, Alejandro Vallejo.
República de Colombia-Gobierno Nacional-Bogotá, veinticuatro de noviembre de mil novecientos cuarenta y ocho.
Publíquese y ejecútese.
MARIANO OSPINA PEREZ.
El Ministro de Justicia, SamuelARANGO REYES-El Ministro de Hacienda y Crédito Público, José María BERNAL-El Ministro de Higiene, Jorge BEJARANO-El Ministro de Educación Nacional, Fabio LOZANO Y LOZANO-El Ministro de Obras Públicas, Luis Ignacio ANDRADE.
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