por la cual se abre un crédito adicional al Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal de 1976 (Ministerio de Desarrollo Económico), por $ 350.000.00
El Congreso de Colombia,
DECRETA:
ARTÍCULO 1º. Adicionanse los cómputos del Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital para la vigencia fiscal de 1976 en la cantidad de trescientos cincuenta mil pesos ($ 350.000) moneda legal, que con base en el certificado de disponibilidad número 26 expedido por el Contralor General de la República, se incorporará con imputación al siguiente numeral:
Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital
CAPÍTULO XI
ARTÍCULO 2º. Con base en el recurso fiscal de que trata el artículo anterior, ábrese el siguiente crédito adicional al Presupuesto para la vigencia fiscal de 1976:
Presupuesto de inversión
Ministerio de Desarrollo Económico
CAPÍTULO 270
Ministerio de Desarrollo Económico
Programa 642
ARTÍCULO 3º. Esta Ley rige desde la fecha de su sanción.
Dada en Bogotá, D. E., a… de… de mil novecientos setenta y seis (1976).
El Presidente del honorable Senado de la República,
EDMUNDO LOPEZ GÓMEZ
El Presidente de la honorable Cámara de Representantes,
ALBERTO SANTOFIMIO BOTERO
El Secretario General del honorable Senado de la República,
Amaury Guerrero
El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes,
Ignacio Laguado Moncada
República de Colombia - Gobierno Nacional
Bogotá, D. E., 15 de diciembre de 1976.
Publíquese y ejecútese.
ALFONSO LOPEZ MICHELSEN
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Rodrigo Botero Montoya
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