Por la cual se adiciona el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y se abren unos créditos adicionales en el Presupuesto de Gastos de la vigencia fiscal de 1979, por $ 277.866.069.96
EL CONGRESO NACIONAL
DECRETA:
ARTÍCULO 1º. Adiciónase El presupuesto de Rentas y Recursos de Capital de la vigencia fiscal e 1979 en la cantidad de doscientos setenta y siete millones ochocientos sesenta y seis mil sesenta y nueve pesos con noventa y seis centavos ($ 277.866.069.96) moneda corriente que con base en los Certificados de Disponibilidad números 23, 24, 25, 27 y 29 de 1979, expedidos por el Contralor General de la República, se
PRESUPUESTO DE RENTAS Y RECURSOS DE CAPITAL
Ingresos corrientes
- I. Tasa y multas
CAPÍTULO VII
ARTÍCULO 2º. Con base en los recursos de que trata el artículo anterior ábrense los siguientes créditos adicionales en el Presupuesto de Gastos de la vigencia fiscal de 1979:
Presupuesto de Funcionamiento
Ministerio de Hacienda y Crédito Público
CAPÍTULO 8
Superintendencia Bancaria
Servicios Personales
ARTÍCULO 3º. La presente Ley rige desde la fecha de su sanción.
Dada en Bogotá, D. E., a… de … de mil novecientos setenta y nueve (1979).
El Presidente de honorable Senado de la República,
HÉCTOR ECHEVERRI CORREA
El Presidente de la honorable Cámara de Representantes,
ADALBERTO OVALLE MUÑOZ
El Secretario General del honorable Senado de la República
Amaury Guerrero
El Secretario General de la Honorable Cámara de Representantes,
Jairo Morera Lizcano
República de Colombia - Gobierno Nacional
Bogotá, D. E., 15 de diciembre de 1979
Publíquese y ejecútese
JULIO CÉSAR TURBAY AYALA
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Jaime García Parra
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