Por la cual se adiciona el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y se abren unos créditos adicionales en el Presupuesto de Gastos de la vigencia fiscal de 1979, por $ 277.866.069.96

Rango Ley
Publicación 1980-01-24
Estado Vigente
Departamento PODER LEGISLATIVO
Fuente SUIN-Juriscol
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EL CONGRESO NACIONAL

DECRETA:

ARTÍCULO 1º. Adiciónase El presupuesto de Rentas y Recursos de Capital de la vigencia fiscal e 1979 en la cantidad de doscientos setenta y siete millones ochocientos sesenta y seis mil sesenta y nueve pesos con noventa y seis centavos ($ 277.866.069.96) moneda corriente que con base en los Certificados de Disponibilidad números 23, 24, 25, 27 y 29 de 1979, expedidos por el Contralor General de la República, se

PRESUPUESTO DE RENTAS Y RECURSOS DE CAPITAL

Ingresos corrientes

CAPÍTULO VII

ARTÍCULO 2º. Con base en los recursos de que trata el artículo anterior ábrense los siguientes créditos adicionales en el Presupuesto de Gastos de la vigencia fiscal de 1979:

Presupuesto de Funcionamiento

Ministerio de Hacienda y Crédito Público

CAPÍTULO 8

Superintendencia Bancaria

Servicios Personales

ARTÍCULO 3º. La presente Ley rige desde la fecha de su sanción.

Dada en Bogotá, D. E., a… de … de mil novecientos setenta y nueve (1979).

El Presidente de honorable Senado de la República,

HÉCTOR ECHEVERRI CORREA

El Presidente de la honorable Cámara de Representantes,

ADALBERTO OVALLE MUÑOZ

El Secretario General del honorable Senado de la República

Amaury Guerrero

El Secretario General de la Honorable Cámara de Representantes,

Jairo Morera Lizcano

República de Colombia - Gobierno Nacional

Bogotá, D. E., 15 de diciembre de 1979

Publíquese y ejecútese

JULIO CÉSAR TURBAY AYALA

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Jaime García Parra

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