por la cual se adiciona el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y se abren unos créditos adicionales en el Presupuesto de Gastos de la vigencia fiscal de 1986 por valor de $ 2.800.000.000.00

Rango Ley
Publicación 1986-10-31
Estado Vigente
Departamento CONGRESO DE LA REPUBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
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EL CONGRESO DE COLOMBIA,

DECRETA:

ARTÍCULO 1º. Adicionase el presupuesto de rentas y recursos de capital en la cantidad de dos mil ochocientos millones de pesos ($ 2.800.000.000.00); que con base en el certificado de disponibilidad número 50 de agosto 6 de 1986 por valor de $ 2.800.000.000.00 expedido por el Contralor General de la República se incorpora así:
Artículo 2.° Con base en los recursos de que trata el artículo anterior ábranse los siguientes créditos adicionales en el presupuesto de gasto de la vigencia fiscal de 1986, así:
ARTÍCULO 3º. Las ayudas educativas correspondientes a las apropiaciones asignadas por Congresistas en el Icetex, cubrirán los siguientes rubros en los diferentes niveles educativos:

Las ayudas educativas para los estudios en el exterior estarán sujetas a la reglamentación existente expedida para tal efecto por el Icetex.

Este artículo deroga las disposiciones que le sean contrarias, especialmente las contempladas en el Decreto número 2482 del 1º de agosto de 1986.

ARTÍCULO 4º. La presente Ley rige a partir de la fecha de su sanción.

Dada en Bogotá, D. E., a los …días del mes de….de mil novecientos ochenta y seis (1986).

El Presidente del honorable Senado de la República,

HUMBERTO PELÁEZ GUTIÉRREZ

El Presidente de la honorable Cámara de Representantes,

ROMÁN GOMEZ OVALLE

El Secretario General del honorable Senado de la República,

Crispin Villazón de Armas

El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes,

Luis Lorduy Lorduy

República de Colombia - Gobierno Nacional

Publíquese y ejecútese.

Bogotá, D. E., a 27 de octubre de 1986.

VIRGILIO BARCO

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

César Gaviria Trujillo

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