Por la cual se hace una cesión a los distritos de Cipaquirá, Riohacha i Mompos

Rango Ley
Publicación 1879-07-14
Estado Vigente
Departamento CONGRESO NACIONAL DE LOS ESTADOS UNIDOS DE COLOMBIA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Congreso de los Estados Unidos de Colombia

decreta:

Art. 1.° Cédese al distrito de Cipaquirá el producto de los arrendamientos de los solares qne están dentro de la demarcacion del terreno de la Salina, ubicados en su jurisdiccion i que el Gobierno nacional arriende anualmente por no necesitarlos para sus edificios i elaboración de la sal.

Los arrendamientos se darán al distrito desde el presente año, ausiliándolo ademas con la suma de mil pesos ($ 1,000) del Tesoro nacional para el establecimiento de una casa de educacion secundaria.

Los Gobiernos nacional i del Estado tendrán con el del distrito la inspeccion del establecimiento de que se trata, caidando de la fiel inversion de las cantidades cedidas.

Art. 2.° La cesion que por medio de la presente lei se hace al distrito de Cipaqúirá, será con destino esclusivo al sostenimiento de la educación secundaria en ese distrito.
Art. 3.° Cédese al distrito de Riohacha, i a favor de la instruccion secundaria, el solar de propiedad nacional donde estuvo edificada la.casilla del Resguardo de rentas nacionales.
Art. 4.° Cédense a la Municipalidad de Mompos las casas arruinadas que se encuentran en dicha ciudad pertenecientes al ramo de Bienes desamortizados.

Dada en Bogotá, a veintiocho de junio de mil ochocientos setenta i nueve.

El Presidente del Senado de Plenipotenciarios,

José Araújo.

El Presidente de la Cámara de Representantes,

F. Angulo.

El Secretario del Senado de Plenipotenciarios,

Adolfo. Cuéllar.

El Secretario de la Cámara de Representantes,

Clodomiro Castilla.

Bogotá, 2 de julio de 1879.

Publíquese i ejecútese.

El Presidente de la Union,

(L. S).

JULIAN TRUJILLO.

El Secretario del Tesoro i Crédito nacional,

Emigdio Palau.

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