que decreta varios auxilios

Rango Ley
Publicación 1887-04-08
Estado Vigente
Departamento CONSEJO NACIONAL LEGISLATIVO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Consejo Nacional Legislativo

DECRETA:

Art. 1.° Auxíliase con la suma de cinco mil pesos ($ 5.000) en el presente bienio económico, de los fondos del Tesoro nacional, la obra del templo dedicado al culto del Sagrado Corazón de Jesús que se está construyendo en la plaza de los Mártires de la capital de la República.
Art. 2.° Auxíliase al Hospital de San Juan de Dios, de la ciudad de Mompox, con la suma de mil quinientos pesos ($ 1.500) anuales por el término de cuatro años, como indemnización de los servicios que prestó en la última guerra.
Art. 3.° Auxíliase al Hospital de la ciudad de Neiva, por una sola vez, con la suma de tres mil pesos ($3.000).
Art. 4.° Auxíliase al Hospital de Santa Rosa de Viterbo con la suma de mil pesos ($ 1.000) anuales por el término de cuatro años.
Art. 5.° Concédese á la Municipalidad de Bogotá el auxilio de diez mil pesos ($ 10.000) para el establecimiento de una plaza de mercado en el barrio de las Nieves.
Art. 6.° Las sumas por auxilios de que trata esta ley, se considerarán incluidas en los Presupuestos correspondientes á cada bienio de las vigencias respectivas, comenzando por la presente.

Dada en Bogotá, á treinta de Marzo de mil ochocientos ochenta y siete.

El Presidente, Juan de D. Ulloa.-El Vicepresidente, José Mª Rubio Frade.-El Secretario, Roberto de Narváez. El Secretario, Manuel Brigard.

Gobierno Ejecutivo.-Bogotá, á 1.° de Abril de 1887.

Publíquese y ejecútese.

(L. S.) ELISEO PAYÁN.

El Ministro de Instrucción Pública, encargado del Despacho del Tesoro,

CARLOS MARTÍNEZ SILVA.

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