Que ordena se eduquen por cuenta de la Nación los hijos del señor Cecilio Torres
El Congreso de los Estados Unidos de Colombia
DECRETA:
Artículo único. El Presidente de la Union dispondrá que los hijos del ciudadano Cecilio Torrea, que murió valerosamente en defensa de las instituciones nacionales, sean educados por cuenta de la Nacion en uno de los establecimientos públicos que ella costea, el cual será elejido por la señora viada de Torres.
Dada en Bogotá, a veintisiete de junio de mil ochocientos setenta i ocho.
El Presidente del Senado de Plenipotenciarios,
J. Del C. Rodríguez.
El Presidente de la Cámara de Representantes,
José María Ruiz.
El Secretario del Senado de Plenipotenciarios,
Julio E. Pérez.
El Secretario de la Cámara de Representantes,
Enrique Gaona.
Bogotá, junio 22 de 1878.
Publíquese i ejecútese.
El Presidente de la Union,
(L. S.). JULIAN TRUJILLO.
El Secretario de lo Interior i Relaciones Esteriores,
FRANCISCO J. ZALDUA.
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