Por la cual la Nación se asocia a la celebración del tercer centenario de la ciudad de Medellín y se dictan otras disposiciones

Rango Ley
Publicación 1976-01-29
Estado Vigente
Departamento CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Congreso de Colombia

DECRETA:

Artículo 1º. La Nación se asocia a la conmemoración del tercer centenario de la ciudad de Medellín, que se celebrará el día 2 de noviembre de 1975, y honra la memoria de sus fundadores.
Artículo 2º. Facúltase al Gobierno Nacional para que, como aporte especial de la Nación a dicha celebración y en cuantía de doscientos sesenta y tres millones de pesos ($ 263.000.000.00), disponga las inversiones necesarias para la realización de los siguientes programas de obras de carácter social y de interés público:
Artículo 3º. El Gobierno Nacional y la Contraloría General de la República, respectivamente, intervendrán y fiscalizarán las inversiones que se hagan en desarrollo del artículo anterior.
Artículo 4º. El Gobierno Nacional incluirá en el Presupuesto de las próximas vigencias las partidas requeridas, quedando facultado para hacer traslados, abrir créditos y, en general, realizar todas las operaciones presupuestales necesarias para el cumplimiento de esta Ley.
Artículo 5º. Esta Ley rige desde la fecha de su sanción.

Dada en Bogotá, D. E., a los quince días del mes de diciembre de mil novecientos setenta y cinco.

El Presidente del honorable Senado,

GUSTAVO BALCAZAR MONZON

El Presidente de la honorable Cámara de Representantes,

ALBERTO SANTOFIMIO BOTERO

El Presidente del honorable Senado,

Amaury Guerrero.

El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes,

Ignacio Laguado Moncada.

República de Colombia. - Gobierno Nacional.

Bogota, D. E., 31 de diciembre de 1975.

Publíquese y ejecútese.

ALFONSO LOPEZ MICHELSEN

El Ministro de Gobierno,

Cornelio Reyes.-

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Rodrigo Botero Montoya.

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