Por la cual se abren unos créditos adicionales al Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal de 1976 (Departamento Administrativo Nacional de Estadística y Ministerio de Hacienda y Crédito Público), por $ 14.696.521.33
El Congreso de Colombia,
DECRETA:
ARTÍCULO 1º. Adiciónanse los cómputos del Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital para la vigencia fiscal de 1976 en la cantidad de catorce millones seiscientos noventa y seis mil quinientos veintiún pesos con treinta y tres centavos ($ 14.696.521.33) moneda legal, que con base en los certificados de disponibilidad números 24 y 25 expedidos por el Contralor General de la República, se incorporarán con imputación a los siguientes numerales:
Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital
CAPÍTULO XII
Recursos del Balance del Tesoro
ARTÍCULO 2º. Con base en el recurso fiscal de que trata el artículo anterior, ábrense los siguientes créditos adicionales al Presupuesto para la vigencia fiscal de 1976:
Presupuesto de Funcionamiento
Ministerio de Hacienda y Crédito Público
CAPÍTULO 055
Ministerio de Hacienda y Crédito Público
Programa 152
ARTÍCULO 3º. Esta Ley rige desde la fecha de su sanción.
Dada en Bogotá, D. E., a …. De….de mil novecientos setenta y seis (1976)
El Presidente del honorable Senado de la República
EDMUNDO LÓPEZ GÓMEZ
El Presidente de la honorable Cámara de Representantes,
ALBERTO SANTOFIMIO BOTERO
El Secretario General del honorable Senado de la República,
Amaury Guerrero
El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes,
Ignacio Laguado Moncada
República de Colombia - Gobierno Nacional
Bogotá, D. E., 15 de diciembre de 1976.
Publíquese y ejecútese.
ALFONSO LÓPEZ MICHELSEN
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Rodrigo Botero Montoya
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