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por la cual se concede un auxilio al Distrito de Zipaquirá

Texto vigente a fecha 1970-01-02

El Consejo Nacional Legislativo

DECRETA:

Art 1° Auxíliase al Distrito de Zipaquirá con la cantidad de cuatro mil pesos para el fomento del Hospital, Casa de huérfanos y conclusión del templo existentes en la cabecera del mismo Distrito.
Art 2° Dicho auxilio se pagara al Tesorero de la Municipalidad del mismo Distrito, en la Administración de Salinas, por mensualidades, y se considerará incluido en el Presupuesto nacional de Gastos.

Dada en Bogotá, a trece de Noviembre de 1886.

El Presidente, Juan De D. Ulloa. El Vicepresidente, José Maria Rubio Frade. El Secretario,Julio A Corredor. El Secretario, Roberto de Narváez.

Gobierno Ejecutivo-Bogotá, 18 de Noviembre de 1886.

Publíquese y ejecútese.

(L.S.) J. M. CAMPO SERRANO.

El Ministro de Gobierno,

Aristides Calderón.