por la cual se concede un auxilio al Distrito de Zipaquirá
Texto vigente a fecha 1970-01-02
El Consejo Nacional Legislativo
DECRETA:
Art 1° Auxíliase al Distrito de Zipaquirá con la cantidad de cuatro mil pesos para el fomento del Hospital, Casa de huérfanos y conclusión del templo existentes en la cabecera del mismo Distrito.
Art 2° Dicho auxilio se pagara al Tesorero de la Municipalidad del mismo Distrito, en la Administración de Salinas, por mensualidades, y se considerará incluido en el Presupuesto nacional de Gastos.
Dada en Bogotá, a trece de Noviembre de 1886.
El Presidente, Juan De D. Ulloa. El Vicepresidente, José Maria Rubio Frade. El Secretario,Julio A Corredor. El Secretario, Roberto de Narváez.
Gobierno Ejecutivo-Bogotá, 18 de Noviembre de 1886.
Publíquese y ejecútese.
(L.S.) J. M. CAMPO SERRANO.
El Ministro de Gobierno,
Aristides Calderón.