por la cual se concede un indulto
El Congreso de Colombia
DECRETA:
Artículo único. Concédese amplio indulto por los delitos políticos cometidos durarte el tiempo de la última rebelión.
Dada en Bogotá, á 31 de Octubre de 1903.
El Presidente del Senado, J. M. URICOECHEA-El Presidente de la Cámara de Representantes, AUGUSTO N. SAMPER -El Secretario del Senado, Miguel A. Peñaredonda-El Secretario de la Cámara de Representantes, Fernando Restrepo Briceño.
Poder Ejecutivo-Bogotá, Octubre 31 de 1903.
Publíquese y ejecútese.
(L. S.) JOSÉ MANUEL MARROQUÍN
El Ministro de Gobierno,
ESTEBAN JARAMILLO
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