por la cual se dispone hacer un traslado en el Presupuesto de gastos vigente (departamento de Guerra)

Rango Ley
Publicación 1912-11-13
Estado Vigente
Departamento CONGRESO DE COLOMBIA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Congreso de Colombia

DECRETA:

Artículo único. Trasládase del artículo 253, capítulo 45. Escuelas Militar y Superior de Guerra, personal y material, parágrafo 90, para el personal de Oficiales del Curso de Estado Mayor al artículo 237 del capítulo 42, Ministerio de Guerra, personal para pagar el personal que componga el Estado Mayor General, la suma de seis mil doscientos noventa y siete pesos cincuenta y cinco centavos ($6.297,55).

Dada en Bogotá, D.E., a veintiocho de octubre de mil novecientos doce.

El Presidente del Senado,

JOSÉ VICENTE CONCHA

El Presidente de la Cámara de Representantes

CARLOS HOLGUIN LL.

El Secretario del Senado,

Bernardo Escovar

El Secretario de la Cámara de Representantes,

José de la Vega

Poder Ejecutivo - Bogotá, noviembre 6 de 1912.

Publíquese y ejecútese

CARLOS E. RESTREPO

El Ministro de Guerra

JOSÉ MANUEL ARANGO.

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