Por la cual se decreta un auxilio para la terminación del edificio intendencial de Villavicencio, en la Intendencia del Meta

Rango Ley
Publicación 1959-09-29
Estado Vigente
Departamento PODER LEGISLATIVO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Congreso de Colombia

decreta:

ARTICULO 1° Decrétase un auxilio de cuatrocientos mil pesos ($400.000.00) para terminar la construcción del edificio intendencial en Villavicencio, en la Intendencia del Meta. Este auxilio se incluirá en el Presupuesto Nacional para la próxima vigencia, y en caso de que alcanzare a incluirse, se faculta al Gobierno Nacional para que haga apropiación y traslados correspondientes en el Presupuesto Nacional, a fin de que tal edificio se termine en el menor tiempo posible.
ARTICULO 2° Esta Ley regirá desde su sanción

Dada en Bogotá, D. E., a 10 de septiembre de 1959.

El Presidente del Senado,

JORGE LAMUS GIRON.

El Presidente de la Cámara,

GIL MILLER PUYO JARAMILLO.

El Secretario del Senado,

Jorge Manrique Terán

El Secretario de la Cámara,

Luis Alfonso Delgado.

República de Colombia - Gobierno Nacional.

Bogotá, D. E., veinticinco de septiembre de mil novecientos cincuenta y nueve.

Publiquese Y Ejecútese.

ALBERTO LLERAS.

El Ministro de Hacienda Y Crédito Público,

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