por la cual la Nación se asocia a la conmemoración del 135° aniversario de fundación de la Universidad del Cauca, y a la celebración del Tercer Congreso Nacional Jurídico del Trabajo en la ciudad de Popayán, y se vota un auxilio
El Congreso de Colombia
decreta:
Artículo 1º La Nación se asocia al centésimotrigésimo quinto aniversario de la fundación de la Universidad del Cauca y a la celebración del Tercer Congreso Nacional Jurídico del Trabajo, convocado por el Colegio de Abogados Especializados en Derecho del Trabajo, en coordinación con la mencionada Universidad, certámenes que se llevarán a efecto en la semana comprendida entre el 7 y el 11 de noviembre de 1962.
Artículo 2º Para atender a los gastos de la celebración de la Semana Universitaria que con motivo del centésimotrigésimo quinto aniversario de la mencionada Universidad, tendrá lugar en los días a que se refiere el artículo primero de la presente Ley, auxíliase a la Universidad del Cauca con la suma de cien mil pesos ($ 100.000.00).
Artículo 3º Para atender los gastos de organización y funcionamiento del Congreso a que se refiere el artículo primero de la presente Ley, auxiliase al Colegio de Abogados Especializados en Derecho de Trabajo, entidad con personería jurídica concedida por Resolución número 216 de 22 de noviembre de 1948, con la suma de cincuenta mil pesos ($ 50.000.00).
Artículo 4º Para el cumplimiento oportuno de lo dispuesto en la presente Ley, autorizase al Gobierno Nacional para que abra los créditos indispensables y haga los traslados necesarios en el Presupuesto de Gastos de la presente vigencia fiscal.
Artículo 5º La Contraloría General de la República supervigilará la inversión de los auxilios decretados en los artículos 2º y 3º de la presente Ley, y tanto la Universidad como el Colegio deberán rendir cuentas al final de las respectivas inversiones.
Artículo 6º Esta Ley regirá desde su sanción.
Dada en Bogotá, D. E., a 6 de noviembre de 1962.
El Presidente del Senado,
(Fdo.), alfonso lara hernandez
El Presidente de la Cámara de Representantes,
(Fdo.), julio cesar pernia
El Secretario del Senado,
(Fdo.), José Manuel Hurtado Lozano
El Secretario de la Cámara,
(Fdo.),Néstor Urbano Tenorio.
República de Colombia.-Gobierno Nacional.
Bogotá, D. E., noviembre 7 de 1962.
Publíquese y ejecútese,
GUILLERMO LEON VALENCIA
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Carlos Sanz De Santamaría.
El Ministro de Educación Nacional, encargado,
Jorge Eliécer Ruiz
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