por la cual se hacen unas traslaciones en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1976 (Departamentos Administrativos del Servicio Civil, Seguridad Nacional y Ministerios de Gobierno, Hacienda y Crédito Público, Agricultura, Desarrollo Económico y Educación Nacional), por $ 22.450.609.00

Rango Ley
Publicación 1977-01-24
Estado Vigente
Departamento CONGRESO DE COLOMBIA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Congreso de Colombia

DECRETA:

ARTÍCULO 1º. Hácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1976 con base en los Certificados de Reserva y Disponibilidad números 93, 97, 99, 101, 102, 10 y 104 de 1976, expedidos por la Contraloría General de la República:

CONTRACREDITOS

Presupuesto de Funcionamiento

Departamento Administrativo del Servicio Civil

CAPÍTULO 025

Departamento Administrativo del Servicio Civil

Programa 025

Dirección y Administración del departamento

ARTÍCULO 2º. Esta Ley rige desde la fecha de su sanción.

Dada en Bogotá, D. E., a …. De… de mil novecientos setenta y seis (1976).

El Presidente del honorable Senado de la República.

EDMUNDO LOPEZ GÓMEZ

El Presidente de la honorable Cámara de Representantes,

ALBERTO SANTOFIMIO BOTERO

El Secretario General del honorable Senado de la República,

Amaury Guerrero

El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes,

Ignacio Laguado Moncada.

República de Colombia - Gobierno Nacional,

Bogotá, D. E., 15 de diciembre de 1976.

Publíquese y ejecútese

ALFONSO LOPEZ MICHELSEN

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Rodrigo Botero Montoya

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