por la cual se hacen unas traslaciones en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1976 (Departamentos Administrativos del Servicio Civil, Seguridad Nacional y Ministerios de Gobierno, Hacienda y Crédito Público, Agricultura, Desarrollo Económico y Educación Nacional), por $ 22.450.609.00
El Congreso de Colombia
DECRETA:
ARTÍCULO 1º. Hácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1976 con base en los Certificados de Reserva y Disponibilidad números 93, 97, 99, 101, 102, 10 y 104 de 1976, expedidos por la Contraloría General de la República:
CONTRACREDITOS
Presupuesto de Funcionamiento
Departamento Administrativo del Servicio Civil
CAPÍTULO 025
Departamento Administrativo del Servicio Civil
Programa 025
Dirección y Administración del departamento
ARTÍCULO 2º. Esta Ley rige desde la fecha de su sanción.
Dada en Bogotá, D. E., a …. De… de mil novecientos setenta y seis (1976).
El Presidente del honorable Senado de la República.
EDMUNDO LOPEZ GÓMEZ
El Presidente de la honorable Cámara de Representantes,
ALBERTO SANTOFIMIO BOTERO
El Secretario General del honorable Senado de la República,
Amaury Guerrero
El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes,
Ignacio Laguado Moncada.
República de Colombia - Gobierno Nacional,
Bogotá, D. E., 15 de diciembre de 1976.
Publíquese y ejecútese
ALFONSO LOPEZ MICHELSEN
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Rodrigo Botero Montoya
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