por la cual se concede una recompensa

Rango Ley
Publicación 1888-05-24
Estado Vigente
Departamento CONSEJO NACIONAL LEGISLATIVO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Consejo Nacional Legislativo

CONSIDERANDO:

1.° Que la Señora Sara Isaacs de Mallarino es viuda del Sr. José María Mallarino;

2.° Que éste murió estando al servicio del Gobierno en la pasada guerra civil en la campaña del Tolima;

3.° Que por tener la Señora. Isaacs de Mallarino ocho hijos solteros á su cuidado, por hallarse reducida á sumo estado de pobreza y por ser los hijos de dicha señora nietos del Dr. Manuel María Mallarino, ilustre Presidente que fué de la República, es justo que el Tesoro nacional alivie en parte la desgraciada situación de esa familia; y

4.° Que la Ley 44 de este año permite conceder recompensas y pensiones distintas y mayores que las indicadas en la Ley 153 de 1887,

DECRETA:

Artículo único. Concédese, por una sola vez, a la Sra. Doña Sara Isaacs de Mallarino, a sus hijas solteras é hijos menores de edad la recompensa de cinco mil pesos ($ 5,000) que le será pagada íntegramente en moneda legal.

Dada en Bogotá, á veintiuno de Mayo de mil ochocientos ochenta y ocho

El Presidente, JulioE. Pérez - El Vicepresidente, Jorge Holguín-Los Secretarios, Roberto de Narváez-Manuel Brigard.

Gobierno Ejecutivo-Bogotá, Mayo 22 de 1888.

Publíquese y ejecútese.

(L.S.) RAFAEL NUÑEZ.

El Ministro del Tesoro,

CARLOS MARTÍNEZ SILVA.

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