por la cual se ordena la repatriación de los restos de don Rufino J. y don Angel Cuervo y del General Luis María Terán

Rango Ley
Publicación 1926-11-17
Estado Vigente
Departamento CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Congreso de Colombia

decreta:

Artículo 1º El Poder Ejecutivo procederá cuanto antes a disponer la repatriación de los restos de los colombianos Rufino J. y Angel Cuervo, fallecidos en París.

Parágrafo. El Gobierno nombrará un comisionado especial que conduzca las urnas que contengan los restos de estos ilustres ciudadanos.

Artículo 2º El Poder Ejecutivo procederá, dentro del menor término posible, a la repatriación de los restos del meritorio servidor público señor General Luis María Terán, fallecido en ejercicio de las funciones de Cónsul General en la República de Manaos, el 30 de octubre de 1921.
Artículo 3º Abrese al Presupuesto de gastos de la presente vigencia, un crédito extraordinario por diez mil pesos ($ 10,000) para dar cumplimiento a lo ordenado en esta Ley, la que regirá desde su sanción.

Dada en Bogotá a once de noviembre de mil novecientos veintiséis.

El Presidente del Senado, Marcelino URIBE ARANGO-El Presidente de la Cámara de Representantes, AlejandroCABAL POMBO-El Secretario Del Senado, Antonio Orduz Espinosa-El Secretario de la Cámara de Representantes, Fernando Restrepo Briceño.

Poder Ejecutivo-Bogotá, noviembre 16 de 1926.

Publíquese y ejecútese.

MIGUEL ABADIA MENDEZ-El Ministro de Gobierno, Jorge VELEZ.

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