Que autoriza al Poder Ejecutivo para celebrar un contrato

Rango Ley
Publicación 1882-09-11
Estado Vigente
Departamento CONGRESO NACIONAL DE LOS ESTADOS UNIDOS DE COLOMBIA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Congreso de los Estados Unidos de Colombia

decreta:

Art. 1.º Autorízase al Poder Ejecutivo para que celebre un contrato con los herederos del finado señor José M. Malo Blanco, sobre el cumplimiento de la obligacion contraída por la escritura de cinco de Diciembre de mil ochocientos cincuenta y nueve, que otorgó el reverendo padre fray Pedro Achuri, Procurador de la suprimida Provincia de Agustinos descalzos, ante el Notario primero de Bogotá, señor Narciso Sánchez, á favor de la señora Soledad O'Leary de Malo Blanco,
Art. 2.º Se determina como bases del contrato, con el fin de que no sea necesario someterlo á la posterior aprobacion del Congreso, las siguientes:

1.ª Se reconocerá la suma de seis mil ochocientos pesos ($ 6,800) como principal adeudado;

2.ª Se satisfará solamente el interes de cinco por ciento (5 por 100) anual, desde el vencimiento de los plazos, y

3.ª Este pago se hará en Vales de Renta sobre el Tesoro al portador, con los respectivos cupones, desde el octavo inclusive en adelante.

Dada en Bogotá, á cinco de Setiembre de mil ochocientos ochenta y dos.

El Presidente del Senado de Plenipotenciarios,

Clemente C. Cayon.

El Presidente de la Cámara de Representantes,

Clodomiro Tejada.

El Secretario del Senado de Plenipotenciarios,

Julio E. Pérez.

El Secretario de la Cámara de Representantes,

Benjamín Pereira Gamba.

Poder Ejecutivo nacional-Bogotá, 7 de Setiembre de 1882.

Publíquese y ejecútese.

El Presidente de la Union,

(L. S.) FRANCISCO J. ZALDÚA.

El Secretario del Tesoro,

Napoleon Borrero.

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