por la cual se concede una recompensa a la señorita Ana Clovis Carvajal
El Congreso de Colombia
CONSIDERANDO:
1.° Que el General Aníbal Carvajal murió hace más de un año en la ciudad del Socorro, dejando a su hija única la señorita Ana Clovis Carvajal en absoluta pobreza;
2.° Que dicho General prestó importantes servicios á la Regeneración de Colombia, desde que fue iniciada hasta que rindió su vida en servicio de ella en el año de 1889, siendo siempre leal y valeroso en su defensa, como lo manifestó en el combate de Barichara el 5 de Diciembre de 1884, en los empleos públicos, civiles y militares que desempeñó posteriormente; y
- 3° Que su citada hija permaneció aun soltera y observando conducta intachable,
DECRETA:
Artículo único. Concédese á la señorita Ana Clovis Carvajal y por una sola vez, una recompensa de dos mil quinientos pesos ($ 2.500), que le será pagada íntegramente, y en moneda legal. Dicha suma se considerará incluída en el Presupuesto de Gastos para el próximo bienio.
Dada en Bogotá, á diez y seis de Noviembre de mil ochocientos noventa.
El Presidente del Senado, JORGE HOLGUÍN -El Presidente de la Cámara de Representantes, ADRIANO TRIBÍN-El Secretario del Senado, Enrique de Narváez-El Secretario de la Cámara de Representantes, Miguel A. Peñarredonda.
Gobierno Ejecutivo-Bogotá, Noviembre 19 de 1890.
Publíquese y ejecútese,
(L. S.) CARLOS HOLGUÍN.
El Ministro de Relaciones Exteriores, encargado del Despacho de Gobierno,
ANTONIO ROLDÁN.
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