por la cual se concede una recompensa a la señorita Ana Clovis Carvajal

Rango Ley
Publicación 1890-11-29
Estado Vigente
Departamento CONGRESO DE LA REPUBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Congreso de Colombia

CONSIDERANDO:

1.° Que el General Aníbal Carvajal murió hace más de un año en la ciudad del Socorro, dejando a su hija única la señorita Ana Clovis Carvajal en absoluta pobreza;

2.° Que dicho General prestó importantes servicios á la Regeneración de Colombia, desde que fue iniciada hasta que rindió su vida en servicio de ella en el año de 1889, siendo siempre leal y valeroso en su defensa, como lo manifestó en el combate de Barichara el 5 de Diciembre de 1884, en los empleos públicos, civiles y militares que desempeñó posteriormente; y

DECRETA:

Artículo único. Concédese á la señorita Ana Clovis Carvajal y por una sola vez, una recompensa de dos mil quinientos pesos ($ 2.500), que le será pagada íntegramente, y en moneda legal. Dicha suma se considerará incluída en el Presupuesto de Gastos para el próximo bienio.

Dada en Bogotá, á diez y seis de Noviembre de mil ochocientos noventa.

El Presidente del Senado, JORGE HOLGUÍN -El Presidente de la Cámara de Representantes, ADRIANO TRIBÍN-El Secretario del Senado, Enrique de Narváez-El Secretario de la Cámara de Representantes, Miguel A. Peñarredonda.

Gobierno Ejecutivo-Bogotá, Noviembre 19 de 1890.

Publíquese y ejecútese,

(L. S.) CARLOS HOLGUÍN.

El Ministro de Relaciones Exteriores, encargado del Despacho de Gobierno,

ANTONIO ROLDÁN.

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