Por la cual se adiciona el cómputo líquido del Presupuesto Nacional de rentas para el año fiscal de 1o de enero a 31 de diciembre de 1927, y se abren varios créditos adicionales al Presupuesto Nacional de gastos de la misma vigencia

Rango Ley
Publicación 1927-09-01
Estado Vigente
Departamento CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

Artículo 3° Abrese al Presupuesto de gastos de la vigencia en curso, un crédito adicional por la suma de cuatro millones ochocientos treinta mil pesos ( $ 4.830,00 ), que se tomará del empréstito contratado en el presente año. Para las obras que se expresan en seguida, y que llevará la siguiente imputación:

Artículo 4° Esta Ley regirá desde su sanción.

Dada en Bogotá a veintisiete de agosto de mil novecientos veintisiete.

El presidente del senado, J. A. GOMEZ RECUERO - El Presidente De La Cámara De Representantes, José Maria ARANGO G. El Secretario Del Senado, Julio D. Portocarrero. El Secretario De La Cámara De Representantes, Fernando Restrepo Briceño.

Poder ejecutivo-Bogotá, agosto 31 de 1927.

Publíquese y ejecútese.

MIGUEL ABADIA MENDEZ. El ministro de hacienda y Crédito Público, Esteban JARAMILLO.

Digitó: CC52.507.183

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.