POR LA CUAL SE HONRA LA MEMORIA DE UN MAESTRO Y SE ERIGE UN MONUMENTO AL PEDAGOGO COLOMBIANO
El Congreso de Colombia
DECRETA:
Artículo 1° Asóciase la República a la conmemoración del primer centenario natalicio del ilustre pedagogo y hombre de ciencia, don JOSE MARIA RESTREPO MAYA, centenario que se cumple el 15 de octubre del presente año.
Artículo 2° Eríjase en la ciudad de Sonsón, cuna del benemérito ciudadano, un monumento con su busto, en cuyo pedestal se grabará esta leyenda:
"El Congreso de 1934 al benemérito pedagogo José María Restrepo Maya."
Artículo 3° Los gastos que ocasione el cumplimiento de esta Ley, serán incluidos en el Presupuesto de la próxima vigencia.
Artículo 4° Esta Ley regirá desde su sanción.
Dada en Bogotá a nueve de octubre de mil novecientos treinta y cuatro.
El Presidente del Senado, ANIBAL BADEL-El Presidente de la Cámara de Representantes, ALIRIO GOMEZ PICON-El Secretario del Senado, Fidel Perilla Barreto-El Secretario de la Cámara de Representantes, Carlos Samper Sordo.
Poder Ejecutivo - Bogotá, octubre 17 de 1934
Publíquese y ejecútese.
ALFONSO LOPEZ
El Ministro de Agricultura y Comercio, encargado del Ministerio de Hacienda y Crédito Púbico, Jorge SOTO DEL CORRAL-El Ministro de Educación Nacional, Luis LOPEZ DE MESA.
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