Por la cual se aclaran varias disposiciones legales sobre período del Contralor General de la República, y se establece una prohibición
El Congreso de Colombia
Decreta:
ARTICULO 1. Derogado.
ARTICULO 2. Derogado.
ARTICULO 3. Derogado.
Dada en Bogotá, a quince de noviembre de mil novecientos cuarenta y cuatro.
El Presidente del Senado, GILBERTO MORENOS T. El Presidente de la Cámara de Representantes JUAN B. BARRIO El Secretario del Senado, Arturo Salazar Grillo, El Secretario de la Cámara de Representantes Andrés Chaustre B.
Órgano Ejecutivo Bogotá, 30 de noviembre de 1944.
Publíquese y ejecútese.
ALFONSO LOPEZ
Ministro de Hacienda y Crédito Público.
Gonzalo RESTREPO
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